Política

Privilegios tras el poder: el trato diverso de las autonomías a sus expresidentes

La figura del expresidente autonómico sigue generando debate en España, especialmente a raíz de las distintas fórmulas que aplican las comunidades para reconocer —y retribuir— a quienes han ocupado el máximo cargo ejecutivo en sus territorios. Mientras algunas autonomías limitan el reconocimiento a un trato honorífico, otras ofrecen beneficios económicos y materiales considerables, que van desde pensiones vitalicias hasta puestos remunerados en órganos consultivos.

Madrid es la última en sumarse a las once comunidades que otorgan un sueldo, ya sea de forma directa o indirecta, a sus expresidentes. Desde la semana pasada, la Asamblea tramita una nueva normativa que contempla una retribución mensual del 80 % del salario presidencial durante dos años, como compensación por la aplicación de la Ley de Incompatibilidades.

En el extremo opuesto se encuentran Baleares, Cantabria y La Rioja —junto a Ceuta y Melilla—, donde los antiguos presidentes reciben solo un trato institucional, sin asignaciones económicas ni ventajas adicionales. En comunidades como Aragón o Asturias, el reconocimiento va más allá del título: se pone a su disposición coche oficial, seguridad, oficina y otros recursos logísticos, sin llegar a establecer una retribución directa.

Modelos con remuneración limitada o vitalicia

Algunas regiones aplican esquemas intermedios. Es el caso de Murcia, donde los expresidentes no perciben un sueldo, pero mantienen la condición de diputado regional e incluso pueden ser propuestos como senadores. En Navarra o Galicia, el cobro de una retribución está vinculado a un periodo determinado tras dejar el cargo, generalmente por una legislatura o dos años, según cada normativa.

Más generosos son los sistemas implantados en el País Vasco, Cataluña, Andalucía y Extremadura. En Euskadi, los exlehendakaris tienen derecho a que el Gobierno autonómico complemente su pensión pública al 50 % del salario que cobraban en ejercicio. En Cataluña, además de un sueldo temporal, pueden acceder a una pensión vitalicia al cumplir los 65 años. Andalucía otorga una asignación mensual equivalente al 60 % del salario del presidente en funciones.

Consejos Consultivos: otra vía de retribución

Una modalidad habitual en varias comunidades es la integración de los expresidentes en consejos consultivos, con carácter retribuido y acceso a otros privilegios institucionales. Galicia, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha y la Comunitat Valenciana cuentan con este tipo de organismos, que permiten a los exmandatarios continuar vinculados a la vida institucional.

El caso más reciente de controversia surge precisamente en la Comunidad Valenciana. La inclusión de expresidentes en el Consejo Jurídico Consultivo durante 15 años —cuando han ejercido una legislatura completa— ha reavivado el debate sobre el uso de este mecanismo como vía de blindaje económico.

La polémica estalló tras la DANA de 2024, cuando surgieron rumores sobre una posible dimisión del actual president Carlos Mazón. Desde Compromís, se acusó al dirigente de aferrarse al cargo para garantizarse el ingreso anual de 75.000 euros durante tres lustros. El grupo parlamentario ha anunciado una reforma del Estatuto de los Expresidentes para evitar que esta fórmula se convierta en un privilegio injustificado, aplicable no solo a Mazón, sino a cualquier futuro jefe del Consell.

Una cuestión abierta

Los diferentes modelos de retribución a los expresidentes reflejan una cuestión aún no resuelta en el marco autonómico: ¿cómo debe compensarse el paso por la presidencia? Entre el reconocimiento institucional y la profesionalización del retiro político, las respuestas siguen siendo tan diversas como las autonomías mismas.

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